martes, 27 de julio de 2010

RESOLUCIÓN 2400 DE 1979

ingenieros buena noche
les comparto el capitulo II articulo 19
Cada inodoro debe ocupar un compartimiento separado y tener una puerta de cierre automático. Los pisos y las paredes, hasta una altura de 1,20 metros, deben ser de un material impermeable (de preferencia, baldosín de porcelana), resistente a la humedad. El resto de las paredes y los cielorasos, deben ser acabados con pinturas lavables. Los tabiques que separan los compartimientos no deben necesariamente tener la altura de la pieza, pero su altura no será menor de 1,80 metros; se debe dejar entre el piso y el comienzo del tabique una distancia de 10 centímetros para facilitar su limpieza.

En instalaciones nuevas, el espacio mínimo para inodoros, orinales y lavamanos debe ceñirse a las siguientes dimensiones:

Anchura Mínima Profundidad Mínima Espacio Mínimo

Inodoros 80 Cms 120 Cms 0.96 m2
Orinales 60 Cms
Lavamanos 60 Cms